CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Economía (SE) modificó el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023 con lo que suprimió 32 Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y 3 proyectos de NOM administradas por la Secretaría de Salud, entre ellas, las relativas a diversos tipos de cáncer como el de mama, el cervicouterino y el de próstata, medida que según especialistas, dejará a la deriva la prevención, atención y diagnóstico de calidad en estos padecimientos.
Apenas el pasado 28 de febrero de 2023, se había publicado el «Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad», mismo que la titular de la SE, Raquel Buenrostro dijo que sólo se difundió para cumplir con la ley, pero que el documento que dejó su antecesora, Tatiana Clouthier tendría ajustes, puesto que su gestión no participó en la revisión del mismo.
Hoy, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el «Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023», en el que se enuncian cambios en las NOMs de 9 dependencias del Gobierno federal, tres comisiones y una agencia, también con jurisdicción nacional.
Expertos y políticos advirtieron por los ajustes observados en las normas que son competencia de la Secretaría de Salud, que contaron con el visto bueno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Salud Pública (CCNNSP) con sede en la Ciudad de México y a cargo de Hugo López-Gatell Ramírez.
De las 43 NOMs analizadas, se cancelaron 32 vigentes y 3 proyectos de NOM; se reprogramaron 5 y se modificaron 3.
Entre las canceladas destaca la de NOM-014-SSA2-1994 dedicada a la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino; la NOM-041-SSA2-2011, con los mismos enfoques pero para cáncer de mama y de próstata.
Así como una NOM y un proyecto de NOM para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna; la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus; de la hipertensión arterial sistémica; de las dislipidemias; tuberculosis; lepra; cólera; enfermedades de transmisión sexual; teniasis/cisticercosis; brucelosis; adicciones; para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica; y osteoporosis.
Otras normas que fueron anuladas, estaban enfocadas a la vigilancia epidemiológica, prevención y control de la leptospirosis en el humano; intoxicación por picadura de alacrán; al tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad; al control de enfermedades bucales; la que regulaba la práctica de la cirugía oftalmológica con láser excimer; y la que enlistaba especificaciones sanitarias para los centros de prevención y control de zoonosis relativa a perros y gatos.
También la relativa a la promoción y educación para la salud en materia alimentaria; en salud escolar; para el uso de cascos de seguridad para la prevención y atención inmediata de lesiones en la cabeza de motociclistas; perimenopausia y postmenopausia de la mujer.
Y aquellos enfocados en regular la asistencia social de tipo alimentaria a grupos de riesgo; prestación de servicios de asistencia social a adultos y adultos mayores, y para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad.
Las NOM reprogramadas son la que versan sobre la organización y funcionamiento de residencias médicas en establecimientos para la atención médica; la que fijaría los criterios para la utilización de los establecimientos para la atención médica como campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado de la licenciatura en medicina; la de certificación en discapacidad; la de prevención y control para el VIH; y para la atención integral a personas con discapacidad que estaban previstas de mayo a diciembre de 2023. Las primeras dos son exigidas por alumnos de medicina que han exigido garantías de seguridad y mejores condiciones.