CIUDAD DE MÉXICO.- Los jueces de distrito no tienen facultades para impedir la publicación de la reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF), explicó Ernestina Godoy, consejera jurídica de la Presidencia, en la ‘mañanera del pueblo’ de este viernes 18 de octubre.

La exfiscala de la Ciudad de México puntualizó que las reformas a la Constitución están “exentas” de revisiones del Poder Judicial, por lo que denunció que la jueza Nancy Juárez Salas no puede ordenar que la presidenta de México elimine la publicación.

“No vamos a bajar la publicación, y número dos, vamos a hacer una denuncia ante el Consejo de la Judicatura Federal. Ya sabemos que el Consejo de la Judicatura no necesariamente está haciendo su trabajo, pero de todas maneras no queremos que quede en la impunidad”, dijo Sheinbaum este viernes.

La mandataria remarcó que la orden de la jueza Juárez Salas “está por encima de su función” y criticó que quiera anular una reforma que está respaldada por la propia Constitución “y que deriva de la voluntad del pueblo de México”.

¿Por qué los jueces no puede anular publicación de la reforma judicial?

Ernestina Godoy subrayó que hay un “claro conflicto de interés” con los funcionarios que han emitido amparos contra la reforma al Poder Judicial, por lo que se exigirá a la Judicatura que revise la actuación de esos jueces y juezas que “están contraviniendo la Constitución”.

“Ellos mismos saben, son constitucionalistas, son peritos del derecho, y saben que la misma Suprema Corte ha negado que se pueda revisar una reforma constitucional”, dijo.

La consejera jurídica Ernestina Godoy dijo que los jueces de distrito no pueden revisar o anular reformas a la Constitución. (Presidencia)

Godoy señaló que la normatividad jurídica en México prevé la improcedencia de amparos en contra de reformas a la Constitución aprobadas por el Congreso de la Unión.

Eso es una ‘verdad a medias’: Justo la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó a principios de este mes un proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara que plantea que el Pleno puede analizar las controversias contra la reforma judicial.

El ministro planteó ese proyecto con base en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que consideró que plantea la posibilidad de que la Corte pueda pronunciarse sobre la enmienda constitucional.

¿Qué ordenó la jueza Nancy Juárez a la presidenta Claudia Sheinbaum?

En su resolución, la jueza puntualizó que el Poder Ejecutivo, en la figura de Andrés Manuel López Obrador, incumplió con la orden de no publicar la reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación en septiembre pasado.

Mediante el amparo 823/2024, Nancy Juárez Salas explicó que el expresidente López Obrador no solo fue omiso, sino que además ignoró un freno judicial previo, por lo que pidió a la presidenta Sheinbaum cumplir con el trámite.

La jueza advirtió que “se aperciben a las autoridades responsables que de no cumplir con el requerimiento formulado en esta resolución, se dará vista al Ministerio Público de la Federación”.

El artículo 262 de la Ley de Amparo establece que se puede imponer penas de prisión de tres a nueve años, así como destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar cargos públicos a los servidores que no acaten la orden.

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